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Foto del escritorJavier Cruz

INVESTIGACIÓN: Inverco, sin factibilidad ambiental, quiere deforestar 425 hectáreas de selva yucateca

El gobierno de Yucatán declaró “inexistente” todo tipo información relativa a los trámites que la empresa Inversión Colectiva Inmobiliaria (Inverco), hizo o debió tramitar en la Secretaría estatal de Desarrollo Sustentable para obtener la Factibilidad Urbano Ambiental con la cual iniciar operaciones mercantiles en el Fraccionamiento Pedregales de Misnébalam, municipio de Progreso.

 

Javier Cruz / 4 Vientos



Personal de Inverco haciendo trabajos topográficos en "Nova Vita Country Club" en agosto de 2020. La hermosa e impactante selva yucateca, atrás de ellos, amenazada por la codicia (Imagen: Captura de pantalla).


Asimismo, no hay evidencia legal de que la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) en la Ciudad de México, aprobara para el consorcio permisos ambientales para cambiar el uso de suelo y deforestar 470 hectáreas de selva yucateca localizada en Misnébalam, así como en otros dos desarrollos inmobiliarios que desde 2021 y 2023 la empresa comercializa en los municipios de Hunucmá y Maxcanú: "Nova Vita" y Rancho Kaaxnáh, respectivamente.


La actitud ecocida del consorcio no es nueva en la península de Yucatán, en donde la industria inmobiliaria ocupa el tercer lugar, luego de la agricultura y la ganadería, como sector económico que provoca intensional e impunemente la destrucción de la selva.


De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), y el Consejo Civil Mexicano para la Silvicultura Sostenible (CCMSS), de 2019 al primer semestre de 2024 se han deforestado 285 mil 580 hectáreas de selva.


De esa cifra, 119 mil 077 corresponden a Yucatán que registra una pérdida anual de entre 25 mil a 30 mil hectáreas de árboles boscosos y selváticos erradicados, siendo los municipios de Tizimín, Panabá, Tekax y Sucilá los más afectados.


Esta destrucción representa entre el 30 al 40% de las selvas de Yucatán, afirma la organización ambientalista Pronatura.


Por su parte, Minneth Medina García, directora de la Junta Intermundial Biocultural del Puuc, alertó en el diario Regeneración que, de seguir ese ritmo de deforestación, acentuado en los últimos cinco años por lo que identificó como "desarrollos inmobiliarios irregulares, sin permisos ambientales y de cambio de uso de suelo, y mal planificados", en menos de un siglo ya no existirá selva en el territorio no solo yucateco, sino peninsular.


Esta versión la reforzó, en un informe especial de junio del 2023, la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la cual concluyó que el crecimiento inmobiliario "desmedido" en costas y selvas yucateca para convertidas en desarrollos turísticos y residenciales, provoca "un grave y peligroso deterioro" de la capa arboleara del estado y el resto de la península.


"Esta situación se ve exacerbada por una regulación débil y una falta de planeación urbana adecuada, que a menudo no otorga el cuidado correcto para prevenir el daño ambiental".

De estas devastadoras prácticas, Inverco México es ejemplo claro, ideal para el estudio, la corrección y la sanción jurídica ejemplar para sus ejecutantes.



Desarrollos inmobiliarios irregulares, sin permisos ambientales y de cambio de uso de suelo, y mal planificados, las causas del ecocidio selvático en Yucatán (Imagen: Captura de imagen en ruraltv.com.mx).



Los tres proyectos que este consorcio impulsa comercialmente de manera virtual se gestaron y comenzaron a funcionar cuando el ingeniero Miguel Ángel Aguayo de Pau era presidente de la compañía y accionista cofundador junto al hoy notario público 113 de Yucatán, Rolando Alberto Bello Mejía, familiar del exgobernador priista y senador electo Rolando Zapata Bello.


Los contratos de compraventa de los predios donde se asientan los tres desarrollos inmobiliarios, así como sus actos notariales y de ingreso al Registro Público de la Propiedad, originalmente están a su nombre y él estaba al frente del consorcio cuando éste debió realizar los trámites que hoy, o son inexistentes o permanecen ocultos o reservados por tiempo indefinido en diversas dependencias de Yucatán, la federación y los municipios de Progreso y Mérida.


Por ejemplo, a través de su ministerio de Desarrollo Sustentable, el gobierno que encabeza el panista Mauricio Vila Dosal se declaró “incompetente” para conocer, poseer o generar la información requerida en otros 23 puntos contenidos en la solicitud de acceso a la información pública identificada con el folio número 310571724000101 de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), que 4 Vientos formuló el pasado 20 de junio.


Sin embargo, en una loable actitud de justificación legal, transparencia y orientación a este medio de comunicación, el personal de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, a cargo de la licenciada en Derecho Ana Paola Galué Ruz, precisó que corresponde a siete dependencias públicas dar respuestas a 23 puntos sobre los cuales la oficina estatal “no tiene competencia” por no corresponder a su ámbito jurídico.


La primera de ellas es del orden estatal: el Instituto de Seguridad Jurídica Patrimonial de Yucatán, quien debe tener los datos relativos a cinco trámites que Inverco debió hacer y tener listos antes de vender departamentos, casas o terrenos en Pedregales de Misnébalam, un proyecto de 45 hectáreas que se ubica en el municipio de Progreso, al norte de Mérida, la capital del estado.


Se trata de los puntos I, VI, VII, IX y XVIII de la solicitud de información pública relativa a las atribuciones legales que el organismo tiene para:


“Realizar las anotaciones o inscripciones de la constitución, transmisión, modificación, gravamen y extinción del derecho de la propiedad y demás derechos reales sobre los bienes inmuebles sitos en el Estado; el realizar las anotaciones o inscripciones de la constitución modificación y extinción de personas morales naturaleza civil con domicilio en el Estado; así como regular, organizar, integrar y administrar el catastro estatal y la prestación de los servicios inherentes al mismo”.



El presidente municipal Julián Zacarías Curi, "indígena maya", panista, censor, leguleyo ¿y cómplice encubridor? Aquí, rindiendo culto a la personalidad (Imagen: Ayuntamiento de Progreso, Yucatán).



LA QUEJA CONTRA PROGRESO


La segunda, de jurisdicción municipal, es el Ayuntamiento yucateco de Progreso, institución que preside el “indígena maya” y panista Julián Zacarías Curi, quien ordenó a su director municipal de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, Luis Alberto Castro Naal, “no proporcionar respuesta alguna” a la petición de información hecha el 20 de junio por 4 Vientos.


El abuso de autoridad y censura que ejercieron Julián Zacarías y Castro Noal propició que el pasado 8 de julio la unidad local de Transparencia, a cargo de Iresine Solís Hernández, declarara “la negativa ficta”, o “silencio administrativo” del ayuntamiento para no proporcionar, por tiempo indefinido, los datos que se solicitaron.


La información que el medio pidió a Progreso, la misma que previamente el Ayuntamiento de Mérida declaró “inexistente” en sus oficinas administrativas, es:


I. Factibilidad de fraccionar y urbanizar el suelo (Factibilidad de Uso de Suelo) del Fraccionamiento Pedregales de Misnébalam. II. Fijación de lineamientos generales de diseño urbano del fraccionamiento. III. Proyecto urbanístico o su modificación (Licencia de Uso de Suelo) de Pedregales de Misnébalam. IV. Plano de rasantes del proyecto inmobiliario.


Asimismo: V. Proyecto ejecutivo urbanístico o su modificación (Licencia de Construcción) del sitio residencial. VI. Autorización de Proyecto de ventas y garantía suficiente del fraccionamiento. VII. Prórrogas para terminación de obras de urbanización. VIII. Constancia de terminación de obras y liberación de garantías de Misnébalam. Y IX. Municipalización del fraccionamiento.


De acuerdo con Ana Paola Galué, corresponde Progreso responder a los puntos III, VIII y XVI de la solicitud del medio “toda vez que tiene a su cargo de manera exclusiva y en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, la autorización del uso del suelo y la recaudación de contribuciones municipales, tal y como lo disponen los artículos 41, inciso A), fracción III, inciso B), fracciones VI, VII y XVI, 77, 89, fracciones X y XI y 141 de la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán.”


El pasado 8 de agosto, 4 Vientos presentó una queja –folio 3112187224000053 de la PNT / Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública (INAP)- en contra de la declaratoria de la “negativa ficta” del Ayuntamiento de Progreso.


En ella el medio expuso:



La postura del Ayuntamiento de Progreso al derecho a l información (Imagen: Shutterstock).



“El Ayuntamiento de Progreso, Yucatán, sujeto obligado a transparentar información pública relativa a la petición que solicité el pasado 20 de junio de 2024, con folio número 311218724000053 de la Plataforma Nacional de Transparencia del Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública (INAIP), viola de manera flagrante mi Derecho Constitucional a la Información y a la Libertad de Prensa contenidos en los artículos Sexto y Séptimo de nuestra carta magna.


“Esto al determinar en su respuesta a mi solicitud de fecha 8 de julio de 2024, tres días fuera del periodo máximo de contestación que la PNT fijó para el 5 de julio de 2024, la ‘negativa ficta’ por parte de la Unidad de Transparencia del citado ayuntamiento a mi petitoria, la cual formulé con estricto apego a lo señala el Derecho constitucional de Petición -Artículo Octavo-; es decir, formulada por escrito y de manera respetuosa y en los mejores términos pacíficos.


“Una parte esencial del Artículo Sexto Constitucional determina:


"Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes."


"Y dispone que, "en la interpretación de este derecho, deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información."


“El Ayuntamiento de Progreso, Yucatán, ni otra instancia del gobierno yucateco o federal, ha determinado que la información pública que pedí esté reservada o restringida, por lo que al determinar unilateralmente la ‘negativa ficta’ a mi petición usando un concepto legal tan ambiguo, esa autoridad cae en silencio administrativo y censura que viola los conceptos contenidos en el Artículo Séptimo de la constitución mexicana, que mandata:


"Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.

"Igualmente determina: "Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6o. de esta Constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito."


“El pasado 17 de julio de 2024, la abogada Ana Paola Galué Ruz, presidenta del Comité de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Estado de Yucatán, notificó, vía respuesta a otra solicitud de información que el 20 de junio de 2024 formulé a esa dependencia, que el Ayuntamiento de Progreso, Yucatán, administra información fundamental relativa a la autorización del uso del suelo y la recaudación de contribuciones municipales que corresponde al desarrollo inmobiliario FRACCIONAMIENTO PEDREGALES DE MISNÉBALAM, de la empresa INVERSIÓN COLECTIVA INMOBILIARIA (INVERCO), SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN (SAPI) DE CAPITAL VARIABLE, por lo que el INAIP debe solicitar al Ayuntamiento de Progreso la entrega inmediata de esa información pública al solicitante, así como cualquier otra que obre en si poder relativa al proyecto.”


Hasta el sábado 17 de agosto, la queja de 4 Vientos continúa en trámite de resolución.



El mensaje de Inverco a sus víctimas potenciales. Efectivamente, es "fácil"; lo requetedifícil es recuperar lo que se perdió al caer en tácticas engañosas y acciones inmorales, sociópatas y presuntamente criminales (Imagen: Captura de pantalla).



TRANSPARENTAR A INVERCO


La tercera dependencia obligada es la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), del gobierno federal, quien debe dar respuesta a los puntos IV, XVII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII y XXIV.


“Es su facultad resolver –afirma Ana Paola Galué- sobre las manifestaciones de impacto ambiental al caso en concreto de los proyectos localizados en la zona costera de la Península de Yucatán”.


Ello con base al Programa de Ordenamiento Ecológico del Territorio Costero del Estado de Yucatán (POETCY) y en acatamiento a las facultades conferidas en el artículo 5, fracción I, II, III, IV, V, IX y X de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como dispone el artículo 5, inciso Q), del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.


La cuarta oficina es el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), del Gobierno Federal, quien deberá contestar al punto V relativo al documento emitido por esa dependencia federal, o “Carta de Liberación” para los casos donde no se requiere salvamento, a favor del fraccionamiento y/o empresa, y en caso de existir área de patrimonio arqueológico, el plano de ubicación de esta, acompañados del dictamen respectivo por el gobierno de Yucatán a favor del fraccionamiento.


La quinta dependencia pública es la Comisión Federal de Electricidad (CFE), quien debe tener información relativa al punto XII relacionada con la Factibilidad de Energía Eléctrica emitida por el organismo a favor de Pedregales de Misnébalam.


La sexta es la Comisión Nacional de Agua (CONAGUA) que debe responder al punto XIII que trata sobre la Factibilidad de Dotación de Agua Potable y sistema de tratamiento de aguas residuales emitida por el organismo prestador del servicio en el municipio a favor de la compañía.


Y la séptima es la Secretaría estatal de Seguridad Pública (SSP), quien debe poseer información sobre los puntos XIV y XV de la petición de información relativa a los trámites que hizo o debió hacer Inverco para obtener las factibilidades de Transporte, y de Seguridad y Tránsito, por ser la autoridad competente para atender y resolver esos permisos.



Dos años después de "entrar en crisis" por causas que originaron "otros", al grado de enfrentar "problemas de liquidez" que contradicen lo infalible de su "esquema financiero disruptivo basado en el modelo de negocio más sólido y estable que existe", Inverco siguen afirmando en su publicidad institucional que en una "empresa consolidada en el ramo de Desarrollos Urbanos". ¡Puras mentiras y payasadas! (Imagen: captura de pantalla en el portal digital de la compañía).



LO INEXISTENTE


En el segundo resolutivo de su respuesta, la licenciada Galué Ruz informó al medio que el pasado 17 de julio, en la Quincuagésima Primera Sesión Extraordinaria de 2024 del Comité de Transparencia de la Secretaría estatal de Desarrollo Sustentable, se confirmó, por unanimidad de votos, la “Declaración de Inexistencia de la Información” requerida en el punto II de la solicitud de acceso a la información pública identificada con el folio 310571724000101.


Se trata de la “Factibilidad Urbano Ambiental” emitida por el gobierno de Yucatán a favor del fraccionamiento Pedregales de Misnébalam y/o la empresa Inverco.


El Consejo acordó también entregar a 4 Vientos el acta circunstanciada “de búsqueda exhaustiva y razonada” de la información requerida en el punto II de la solicitud, documento ya en poder del medio.


Destaca un hecho implícito en la respuesta de Galué.


Que no existe un Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) que sustente la posibilidad urbano ambiental del proyecto inmobiliario en Misnébalam.


Esto porque la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (Dgira) de la Semarnat, cuando recibe un estudio de esa naturaleza para revisión, siempre envía a las oficinas ambientales del gobierno del estado y municipio donde se pretende asentar la obra, una invitación para que expresen su aceptación o negativa, justificada, al proyecto.


Eso sería un antecedente administrativo del fraccionamiento Pedregales de Misnébalam que dejaría huella documental en la Dirección de Desarrollo Sustentable de Yucatán.



Nova Vita Country C.lub, otro "desarrollo inmobiliario" de Inverco que empieza a crear polémica entre sus compradores nacionales y extranjeros. Atrás, la selva yucateca amenazada, otra vez, por la codicia (Imagen: Captura de Pantalla)

Y de repente, ¡el milagro publicitario de la Inteligencia Artificial!, la herramienta perfecta para el engaño en Nova Vita Country Club (Imagen: Captura de pantalla del video promocional del inmueble en internet).



¿PROYECTOS PARA DEFORESTAR LA SELVA MAYA?


De hecho, 4 Vientos sólo obtuvo el antecedente de que, el 25 de enero de 2021, Inverco presentó en las oficinas de la Secretaría del Medio Ambiente federal en Yucatán, un MIA para cambio de uso de suelo en terrenos forestales a favor del proyecto inmobiliario “Nova Vita”.


A una velocidad extrañamente rápida para una dependencia federal como la Semarnat -menos de cuatro meses--, el "suplente por ausencia" en la delegación yucateca, Hernán José Cárdenas López, tramitó el documento de Inverco, representado por su entonces presidente administrativo Miguel Ángel Aguayo de Pau, y el 20 de mayo de ese año dio el permiso a la compañía por un periodo inusual de 15 años.


De esta historia que permaneció oculta durante tres años y medio, 4 Vientos publicará en breve datos relevantes del funcionario federal y algunos de los permisos ambientales que otorgó durante su gestión y que hoy están envueltos en polémica de presunta corrupción.


De cualquier forma, y gracias a los documentos en poder de este medio, existe la posibilidad de contrastar lo que la compañía prometió hacer y lo que finalmente hizo –o de plano no ha hecho- en el desarrollo inmobiliario conocido comercialmente como “Nova Vita Country Club”, que se ubica en el municipio de Hunucmá distante a una hora de la ciudad de Mérida.


Se trata de 75 hectáreas de terrenos rurales selváticos ubicadas en la propiedad Cha-Halal, en donde Inverco ofrece derribar de miles de árboles para vender “lotes de inversión progresiva” completamente urbanizados, que formarán parte de “un concepto disruptivo diferente a todo lo que existe en el mercado”.


Eso sí, promete hacerlo por etapas: Primero, deforestará 12 hectáreas de selva para establecer caminos de acceso y un área de uso común. Después, "las obras por establecerse en cada lote deberán tramitar los permisos correspondientes en materia de impacto ambiental y cambio de uso de suelo ante la SEMARNAT".


Claro, "apegándose a los criterios ecológicos de los programas de ordenamiento".


El documento y la mercadotecnia de la empresa, hecha con inteligencia artificial, prometen acabar con la selva a cambio de construir “amenidades” que incluyen “casa club, canchas deportivas, piscina, restaurante, sala de juegos, gimnasio, spa, salón de eventos, lago, senderos, ciclovía, área de camping, pórtico de acceso y estacionamientos”.


Esto es idéntico al sistema de mercadeo engañoso que la compañía utiliza para comercializar Pedregales de Misnébalam, en donde cientos de compradores ahora denuncian incumplimiento de contrato y prácticas fraudulentas por parte del grupo inmobiliario.


Y es por eso que en ese fraccionamiento hay cientos de lotes sin deforestar, y sin los servicios públicos prometidos, pero que mágicamente subieron de precio -de 320 mil hasta 600 mil pesos- cuando los accionistas de Inverco los utilizan para renegociar entrega de casas o reintegrar capital a quienes ya no quieren saber nada de la compañía.


Como algo novedoso, Inverco ofrece a los interesados en Nova Vita construir y operar una “casa club de playa” en el pueblo mágico costeño de Sisal.


Pero de toda esa oferta, al 17 de agosto de este año no existe prácticamente nada, lo que no limita a la empresa seguir promocionando el proyecto en redes sociales.



El espejito digital, hecho con inteligencia artificial, para atraer clientes a otra de los engaños del consorcio que liderea Miguel Ángel Aguayo y otros notarios, políticos y empresarios sin escrúpulos (Video promocional de Inverco).



Lo mismo sucede en un tercer proyecto que Inverco aún hoy promueve en su página en internet (Invercomexico): Rancho Kaaxnáh Country Club.


Ahí piensa desforestar 350 hectáreas de selva yucateca que se ubican en el municipio de Maxcanú. Lo promueve sin mencionar o mostrar los permisos ambientales y de cambio de uso de suelo federales para poder hacerlo.


En esa región la empresa ofrece en venta 350 “lotes de inversión progresiva” que se localiza al suroeste de Mérida, camino a Celestúm, en donde hay un área de conservación y ruta de migración para miles de flamencos mayores.


Obviamente, los accionistas de la compañía prometen, desde enero de 2023, construir servicios públicos “de bajo impacto ambiental” -como dotación de energía solar- y amenidades que de nuevo incluyen casa club con restaurante, salón de eventos, terrazas, spa, gimnasio, lago, alberca y casa club de playa, así como elementos para realizar actividades al aire libre como bicicletas, cuatrimotos, caballos y tirolesas.


De eso, al pasado sábado 17 de agosto tampoco hay nada edificado según denuncian compradores potenciales y asesores de ventas que recientemente han visitado el sitio.


Cabe destacar que en ambos proyectos –Nova Vita y Rancho Kaaxnáh- la compañía ofrece terrenos del tipo “endless lot”; es decir, que tienen como “característica principal” no tener vecino colindante en la parte posterior del predio, "por lo que éste parece no tener fin, lo que da sensación de mayor amplitud en cada lote.”


También informar que mientras en Nova Vita ya hay al menos cinco compradores nacionales y extranjeros inconformes con el retraso en la entrega de terrenos y la dotación de amenidades y servicios prometidos, y a quienes la empresa ya no contesta sus llamadas telefónicas para obtener información de qué está pasando con el proyecto -tal y como sucedió en Misnébalam a partir de abril de este año-, en Rancho Kaaxnáh sólo se ha vendido un "endless lot" desde 2023.


Pero esto no quita el sueño a los actuales accionistas de Inverco ni a su hoy "asesor inmobiliario" Miguel Ángel Aguayo de Pau, o al notario público Rolando Alberto Bello Mejía, ambos exsocios y exdirectivos de la empresa, aun cuando "de repente" siguen dando órdenes y se dan su vueltecita por la compañía.


Para ellos y sus aliados políticos y empresariales, la vida discurre en medio del engaño, la riqueza, la prepotencia y la impunidad total.



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